domingo, 22 de abril de 2012

Día Mundial de la Tierra 2012

22 de abril, un año más conmemoramos el Día Mundial de la Tierra. 

¿Nos podemos imaginar nuestras casas llenas de basura?¿Y que tal si tuvieramos una chimenea emitiendo gases continuamente en el interior de nuestra vivienda? ¿Y si de nuestros grifos saliera agua sucia y contaminada?

Pues eso mismo es lo que estamos haciendo con nuestra casa, la Tierra, la que nos proporciona alimento, agua, aire, ropa, todo lo que necesitamos y lo que no necesitamos también. ¿Qué ocurrirá el día que desaparezcan los bosques?, sencillamente que nosotros también desapareceremos.

No pienses que tu no puedes hacer nada por evitarlo, porque si que puedes, si toda la humanidad se pusiera de acuerdo, lo conseguiríamos, pero para ello es necesario que de forma individual pensemos qué acciones o que formas de comportarnos hacen que nuestro planeta siga vivo. No te dejes engañar por lo que dicen los políticos y otros agentes de la sociedad, consumir y consumir no es el camino acertado. Hay que consumir con responsabilidad, dando prioridad al consumo de productos locales y productos que se elaboran con criterios ecológicos y respetuosos con nuesto hogar, el planeta Tierra.

Quizás conozcas el documental Home, desde mi punto de vista muy bueno para remover conciencias, para hacernos pensar qué estamos haciendo. Puedes ver el documental completo en youtube, a continuación tienes un resumen del mismo. Creo que te gustará, las imágenes son espectaculares, la Tierra vista desde el cielo se ve muy diferente a cómo la vemos normalmente.


domingo, 1 de abril de 2012

terrorismo ambiental

Me hierve la sangre al mismo tiempo que veo en televisión cómo arde una zona forestal, una zona de alto valor ecológico, que contiene gran cantidad de vida, animal y vegetal. En los últimos días estas imágenes son las más habituales, este año de sequía seguramente nos dejará una estadística muy mala en este sentido. Pero lo peor de todo es la causa de estos incendios forestales, que no es otra que la actuación intencionada de una o de varias personas que persiguen algún macabro fin con todo esto.

Esto es lo que dice el código penal (Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre) sobre los incendios forestales:
       
TÍTULO XVII.
DE LOS DELITOS CONTRA LA SEGURIDAD COLECTIVA.

 
CAPÍTULO II.
DE LOS INCENDIOS.

SECCIÓN 2. DE LOS INCENDIOS FORESTALES.
 
Artículo 352.
Los que incendiaren montes o masas forestales, serán castigados con las penas de prisión de uno a cinco años y multa de doce a dieciocho meses.
Si ha existido peligro para la vida o integridad física de las personas, se castigará el hecho conforme a lo dispuesto en el artículo 351, imponiéndose, en todo caso, la pena de multa de doce a veinticuatro meses.
 
Artículo 353.
1. Las penas señaladas en el artículo anterior se impondrán en su mitad superior cuando el incendio alcance especial gravedad, atendida la concurrencia de alguna de las circunstancias siguientes:
1.    Que afecte a una superficie de considerable importancia.
2.    Que se deriven grandes o graves efectos erosivos en los suelos.
3.    Que altere significativamente las condiciones de vida animal o vegetal o afecte a algún espacio natural protegido.
4.    En todo caso, cuando se ocasione grave deterioro o destrucción de los recursos afectados.
2. También se impondrán dichas penas en su mitad superior cuando el autor actúe para obtener un beneficio económico con los efectos derivados del incendio.

Artículo 354.

1. El que prendiere fuego a montes o masas forestales sin que llegue a propagarse el incendio de los mismos, será castigado con la pena de prisión de seis meses a un año y multa de seis a doce meses.
2. La conducta prevista en el apartado anterior quedará exenta de pena si el incendio no se propaga por la acción voluntaria y positiva de su autor.
 
Artículo 355.
En todos los casos previstos en esta sección, los Jueces o Tribunales podrán acordar que la calificación del suelo en las zonas afectadas por un incendio forestal no pueda modificarse en un plazo de hasta treinta años. Igualmente podrán acordar que se limiten o supriman los usos que se vinieran llevando a cabo en las zonas afectadas por el incendio, así como la intervención administrativa de la madera quemada procedente del incendio.
 
Foto: wikipedia. Paisaje tras un incendio forestal.

Está muy claro que no es suficiente para evitar que se sigan arrasando nuestros bosques, que en ocasiones conlleva la muerte de seres humanos, pero que siempre termina con la vida animal y vegetal de la zona incendiada, además de otras consecuencias ecológicas irreversibles. 

Desde mi punto de vista se debería endurecer el código penal, en especial los delitos contra el medio ambiente y sobre todo los relativos a incendios forestales. Es más, creo que hay razones más que suficientes para catalogar estos delitos dentro del terrorismo. y todas esas personas implicadas son terroristas que se deberían perseguir, juzgar y condenar como tales.